PROGRAMAS DE SEGURIDAD EN LA CONSTRUCCIÓN

Los Programas de Seguridad en la Construcción deben tenerse en cuenta cada vez que se planifica un desarrollo en este sector. Dichos programas deben considerarse en actividades en obras de construcción en general, demoliciones, excavaciones, ejecuciones de submuraciones, movimientos de suelos y excavaciones a cielo abierto, entre otras.

El objetivo principal es el establecimiento de mecanismos para la adopción de medidas de seguridad preventivas, correctivas y de control de las obras en construcción. 

Debe tenerse en cuenta especialmente la redacción de los Programas de Seguridad, la verificación de Avisos de Obra y el control de los Servicios de Salud y Seguridad.

Asimismo, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) pone el foco en que las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) controlen y visiten las obras dentro del plazo establecido en la normativa e informen los incumplimientos detectados en las mismas.

El control de cumplimiento de los empleadores de la industria de la construcción se realiza sobre la normativa específica que regula la actividad.

A continuación, se describen algunas de las principales normas aplicables:

Elementos de los Programas de Seguridad

Se detallan los elementos básicos que deben contener los programas de seguridad de la construcción:

1) Datos de la Empresa 

2) Datos de la ART

3) Datos del Comitente 

4) Datos del Servicio de Seguridad e Higiene

5) Nómina del personal afectado a la obra

6) Fecha de confección del Programa de Seguridad 

7) descripción de la Obra y sus etapas constructivas con fechas probables de ejecución.

8) Enumeración de los riesgos generales y Específicos según cada Etapa. 

9) Plan de Capacitación 

10) Curso de acción en caso de emergencias 

11) Aprobación Conforme de las autoridades correspondientes. 

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Estadisticas de Accidentes

Datos oficiales proporcionados por el informe provisorio de accidentabilidad laboral.

Convenios OIT

Convenios desarrollados por Organización Internacional de Trabajo (OIT) a los cuales la Argentina se adhirió y confirmó con leyes aprobadas por el Congreso de la Nación.

Plan Gas.Ar

El Plan Gas.Ar aprobado por decreto presidencia 892/2020 tiene como objetivo producir 30.000 millones de metros cúbicos de gas argentino en cuatro años.