NOVEDADES

NORMAS DE H&S EN MINERÍA

En la actualidad, el decreto 249/2007 Reglamento de Higiene y Seguridad para la actividad Minera, es la principal norma a ser considerada para la Industria Minera en nuestro País.

Resulta importante señalar que en su articulo 4, este reglamento establece como deberes del empleador los siguientes:

ARTICULO 4º.- El empleador deberá aplicar los criterios de prevención para evitar enfermedades y accidentes del trabajo. A tal fin, en el marco de sus responsabilidades, desarrollará una acción permanente con el fin de mejorar los niveles de seguridad y de protección existentes. Con la intervención, asesoramiento y seguimiento de la aseguradora de riesgos del trabajo a la que esté afiliado, debe:

a) identificar, evaluar y minimizar los factores de riesgo existentes en su establecimiento;

b) controlar los riesgos en sus fuentes;

c) llevar a cabo un programa de prevención de accidentes y enfermedades profesionales;

d) disponer de un programa para actuar en caso de emergencias;

e) proveer los equipos y elementos de protección personal a los trabajadores que se desarrollen tareas en su establecimiento, acorde a los riesgos a que estén expuestos;

f) instrumentar las acciones necesarias para que la prevención, la higiene y la seguridad sean actividades integradas a las tareas que cada trabajador desarrolle en la empresa;

g) informar y capacitar a los trabajadores acerca de los riesgos relacionados con sus tareas;

h) definir las responsabilidades de la línea de supervisión y del personal operativo;

i) dar prioridad en el programa preventivo, a las medidas de ingeniería por sobre el uso de elementos de protección personal; y

j) cumplir con las normas de Higiene y Seguridad en el Trabajo establecidas por la autoridad competente.”

Click para ver Texto completo de la norma

Más tendencias

Estadisticas de Accidentes

Datos oficiales proporcionados por el informe provisorio de accidentabilidad laboral.

Convenios OIT

Convenios desarrollados por Organización Internacional de Trabajo (OIT) a los cuales la Argentina se adhirió y confirmó con leyes aprobadas por el Congreso de la Nación.

Plan Gas.Ar

El Plan Gas.Ar aprobado por decreto presidencia 892/2020 tiene como objetivo producir 30.000 millones de metros cúbicos de gas argentino en cuatro años.