Buenas Prácticas en la

Industria Minera

De acuerdo al Manual de Buenas Practicas en la Industria Minera elaborado por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, las Buenas Prácticas Laborales pueden definirse como: “las Buenas Prácticas Laborales contribuyen a lograr el objetivo de reducir el trabajo precario y, por otra parte, a que las empresas puedan ser efectivas impulsoras del trabajo decente. Lo más importante es tener presente que estas prácticas no sólo se refieren al cumplimiento de la normativa, sino que abarcan todos los aspectos de la relación laboral al interior de las organizaciones”

Conoce el Manual de Buenas Prácticas Oficial de la Industria Minera, elaborado por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo de la Nación

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Normas aplicables

En la actualidad, el decreto 249/2007 Reglamento de Higiene y Seguridad para la actividad Minera, es la principal norma a ser considerada para la Industria Minera en nuestro País. 

Resulta importante señalar que en su articulo 4, este reglamento establece como deberes del empleador los siguientes:

ARTICULO 4º.- El empleador deberá aplicar los criterios de prevención para evitar enfermedades y accidentes del trabajo. A tal fin, en el marco de sus responsabilidades, desarrollará una acción permanente con el fin de mejorar los niveles de seguridad y de protección existentes. Con la intervención, asesoramiento y seguimiento de la aseguradora de riesgos del trabajo a la que esté afiliado, debe:

a) identificar, evaluar y minimizar los factores de riesgo existentes en su establecimiento;

b) controlar los riesgos en sus fuentes;

c) llevar a cabo un programa de prevención de accidentes y enfermedades profesionales;

d) disponer de un programa para actuar en caso de emergencias;

e) proveer los equipos y elementos de protección personal a los trabajadores que se desarrollen tareas en su establecimiento, acorde a los riesgos a que estén expuestos;

f) instrumentar las acciones necesarias para que la prevención, la higiene y la seguridad sean actividades integradas a las tareas que cada trabajador desarrolle en la empresa;

g) informar y capacitar a los trabajadores acerca de los riesgos relacionados con sus tareas;

h) definir las responsabilidades de la línea de supervisión y del personal operativo;

i) dar prioridad en el programa preventivo, a las medidas de ingeniería por sobre el uso de elementos de protección personal; y

j) cumplir con las normas de Higiene y Seguridad en el Trabajo establecidas por la autoridad competente.”

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El Plan Gas.Ar aprobado por decreto presidencia 892/2020 tiene como objetivo producir 30.000 millones de metros cúbicos de gas argentino en cuatro años.